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Democracy and multiculturalism I: approaching the issue

jueves, 15 de octubre de 2009

1. Introduction: Multiculturalism and stability

In the last decades of the 20th century and in the first one of the 21st, we have seen an enormous increment of the interdependence and interconnectedness of the different communities in the world. That proximity is not recently-born; it is a process developed through history, but there has been clear burst lately. This new scenario is commonly called “globalization”, and can be defined as “those trends, processes and interactions which are making the world more interdependent in many complex ways, in respect of communications, cultures, language and politics, [and] not just the alleged development of a single world economy” [1].

Globalization probably finds its main cause in the enhancement of communications – either the media or the means of transport – that allow instant connectivity between distant places in the world, and thus permitting international trade, cultural exchange and migration. Interconnection has led to increasing migration fluxes, mainly from poor countries to the developed ones – by the way, this trend seems to have stalled or decreased since the economic crisis started last year [2]. The phenomenon has been particularly relevant in nations like Spain, whose economic position has evolved since the return of democracy – especially since the second half of the nineties –, but also in other European countries.

Immigration trends favour multicultural societies, in which members have very different national, religious or ethnic backgrounds, and therefore different world views. It is important to highlight that the plurality of values does not necessarily come from the outside: we can easily think of states within which different cultures coexist. These may result either from economic, religious, or territorial diversity, among others. Spain’s past is a good example of this – with such breaches having even led to several civil wars in the last two centuries. But even if these differences still exist and cause a certain level of cleavage, it is the globalizing process I have spoken of supra which creates the main cultural division in contemporary democratic societies.

Multiculturalism is usually seen as enriching [3], because of the “reflexivity that results from experiencing other cultures” [4]. It is obvious that all democratic regimes regard pluralism as a fundamental principle, either explicitly [5] or implicitly, since the possibility of directing politically the government in different directions is an inherent requirement for having a truly democratic system – a certain level of moral relativism is an essential feature of democracy. But pluralism may also cause intense conflicts, especially if they are related to identity-based cleavages [6] such as religious or other dogmatic beliefs.

Stable polities need that the individuals – and groups in which they integrate – share a common ethical base upon which build a social order that can work peacefully. Claus Offe argues that every political community needs a level of integration o “reflexive homogeneity”. As a result of that, he asserts [7] that a democracy is politically integrated when the vast majority of the members of the polity are committed to the state and its democratic regime form, sense that their fellow citizens – that are holders of equal liberties – are linked to them by a common fate “and they rank these loyalties higher than the various cleavages that divide the national society”.

Ronald Dworkin also refers to the need of a “common ground” in Chapter 1 of Is democracy possible here?He argues – talking about the deep split between liberals and conservatives in America – that “if the division between the two cultures is not only deep, but bottomless, then it is neither possible to find a common ground nor maintaining a real debate” [8].

Hans Kelsen [9] also asserted that democratic stability needed a “relatively homogeneous society from a cultural point of view” and that the majority rule required a “uniform national body”.

II. The defence of Democracy

The origin of conflict in disunited societies can be found in the ineffectiveness of democratic process to deal with debate on its core fundamentals. Democracy is certainly a useful tool when it comes to the debate on contingent talking points and political measures that are superficial, but it comes to a stand-off when a decision on non-debatable items is required. Then, the problem starts when a relevant percentage of the members of the political community want to initiate a debate on core issues, such as the democratic regime itself. Claus Offe says that democracies are not defenceless against these movements, and that tend to self legitimate themselves by giving civic, political and social rights to citizens – and eventually some rights to groups [10]. But what if these measures are not enough and non-democratic parties and associations are still able to successfully put into question the roots of the system?

Here I think it is important to make a difference between two constitutional mechanisms that democracies may use to protect themselves. That is the difference between “procedural democracies”, such as the United States or Spain, and “militant democracies” like Germany or Turkey. A procedural democracy is that whose constitutional text establishes no intangible clauses, making it fully revisable. Opposed to them are the militant-democratic constitutions, which include limitations to the amending power, and thus impeding the possibility of changing some dispositions of the fundamental text. Although Article 5 of the US Constitution included temporary limitations for the first years of constitutional life, those have today no effect. Article 168 of Spanish Constitution explicitly provides for the possibility of totally reforming the text by merely following a formal procedure. We can compare those clauses with article 79, section C of the German Basic Law, that says that “Amendments to this Basic Law affecting the division of the Federation into Länder, their participation on principle in the legislative process, or the principles laid down in articles 1 and 20 [human dignity, democracy, federalism, social state] shall be inadmissible”. Or with article 4 of Turkish Constitution, that indicates that “the provision of Article 1 of the Constitution establishing the form of the state as a Republic, the provisions in Article 2 on the characteristics of the Republic [democratic, secular and social state governed by the rule of law;], and the provision of Article 3 [unity of Turkish nation] shall not be amended, nor shall their amendment be proposed”.

How are these intangible clauses useful? We may point out two main positive effects. First of all, the unconstitutionality of the ideas excluded by those provisions creates a popular consciousness of their incorrectness. This mind-conditioning measure will work as long as the system that marginalizes those ideas is perceived as legitimate. Second, forbidding some constitutional amending directions and, coherently, the ideas and parties that want to head the community to them, may be useful to erase them from the beginning, as it provides a legal basis for coactive state action on them. Avoiding their gaining popularity is surely an effective tool to hamper their success.

But we have to take into account that a combatant democratic regime can have negative undesired outcomes. Given a context of social unrest in which we may expect undemocratic movements to gain political relevance, I can picture at least three plausible negative side-effects of an intangible clause. First of all, we surely can imagine what might happen if a rising party is outlawed by a contested legal order: it is quite likely that the action will backfire on the political system, and therefore will legitimize the ideological positions of the illegalized party. Secondly, marginalizing parties that oppose the current political regime may encourage the members of that group to take violent action, starting a dangerous terrorist spiral that may spread and put in serious risk the future stability of the democracy. And last, if such a political movement became as socially strong as to be able to try to amend the constitution, would an intangible clause be an obstacle to the party to overrule it? Would not the clause, in fact, foment the likelihood of acoup d’état?

In that sense, procedural democracies have clear advantages. As undemocratic parties are allowed to participate in the elections and to compete, it is not likely their acquiring popularity because of that “backfiring effect” resulting from their illegalization. We may also think that it is quite probable that their poor electoral results would mean their own discredit, since they would not be able to blame the state for the failure. Permitting this kind of groups to take part in the electoral process has also the effect of acting as a disincentive of terrorist action, since they have no reason to take the risk of being convicted for an activity that, furthermore, would undermine the public image of their movement. Besides, democratic elections cause a positive externality: the desire of gaining seats in the parliament or a post in the cabinet tends to compel radical positions to moderate.

Finally, a procedural democracy may find a last firewall if its constitution allows the total revision of the basic text, but submits the amendment to a hindering-but-reachable procedure. Even undemocratic regimes require a minimum of appearance of legitimacy to be stable, so it is likely that – being allowed to modify the basic law in its full extent – the non-democratic party would try to avoid violent takeovers of power and follow the constitutional procedure.

So far, we can come to the conclusion that in a conflictive context, militant democracies would not be better protected – but worse – that a procedural one. I have discussed two different alternatives that democratic regimes have to defend themselves mainly in ex post situations – when it comes to dealing with situations in which the problem (dangerous political groups that could use democracy to put an end to it) already exists.

But if a democratic community wants to assure its own future, it would be useful to introduce a preventive instrument to avoid the necessity of the ex post measures to come into operation. The best tool that a legal system has at its disposal is education. In fact, Kelsen himself saw “education for democracy” as an essential practical requirement to safeguard democracy, even if the educative process is not itself democratic [11].

_____________________

[1] Kim RUBENSTEIN, Globalisation and Citizenship and Nationality. Jurisprudence for an interconnected globe, Catherine Dauvergne, ed., Ashgate 2003, page 5.

[2] Centro de Investigación de Relaciones Internacionales y Desarrollo (CIDOB), Noticias 6th March 2009,

http://www.cidob.org/es/noticias/migraciones/la_llegada_de_inmigrantes_a_espana_se_reduce_por_primera_vez_en_una_decada

[3] Will KYMLICKA, Multicultural Citizenship, 1995, page 122-3, quoted by Claus OFFE, Homogeneity and Constitutional Democracy: Coping with Identity Conflicts through Group Rights, The Journal of Political Philosophy, Vol. 6, Nº 2, 1998, page 135.

[4] Rainer BAUBÖCK, Multicultural Questions, 1998, quoted by OFFE, Op. Cit., page 138.

[5] Article 1.1 of Spanish Constitution explicitly says that Spain “advocates freedom, justice, equality and political pluralism as highest values of its legal system”.

[6] Claus OFFE, Op. Cit., page 120.

[7] Claus OFFE, Op. Cit., page 119.

[8] Ronald DWORKIN, La democracia posible Spanish edition, Paidós, 2006, page 20.

[9] Hans KELSEN, De la esencia y valor de la democracia, Spanish edition, KRK Ediciones, 2006, page 163.

[10] Claus OFFE, Op. Cit., pages 122 and 139.

[11] Hans KELSEN, Op. Cit., page 208. It is not clear if he is talking about education in democratic values or in skills to manage a government.

¿Constitución inconstitucional?

jueves, 12 de marzo de 2009

Comenta hoy Geógrafo Subjetivo en su blog:

El Tribunal Supremo del Estado de California está estudiando la constitucionalidad de la prohibición del matrimonio homosexual. Lo realmente interesante del caso es que esta prohibición tiene la forma jurídica de enmienda constitucional a la constitución estatal, de manera que al formar parte de la constitución estatal, el Tribunal Supremo de California está decidiendo si dentro de la constitución californiana hay una jerarquía normativa, es decir, si hay una constitución de la constitución.
Humildemente, creo que comete un error al enfocar el asunto como un problema de jerarquía interna dentro de la Constitución.

Las normas contenidas en una Constitución, lógicamente, tienen todas ellas rango constitucional. La Constitución del Estado de California no es realmente una norma suprema, puesto que está sometida a la Constitución federal de los Estados Unidos, por lo que debemos señalar que sólo retiene un rango constitucional residual (es decir, está por encima de las leyes estatales, pero por debajo de la Constitución federal). Aún así, es evidente que dentro de un mismo rango normativo, no hay unas normas que se sometan a otras: no se puede predicar la inconstitucionalidad de un artículo constitucional, puesto que el propio artículo es parámetro de la cualidad que se le asigna. Como tampoco puede ser ilegal el artículo de una ley.

¿Qué es, entonces, lo que discute el Tribunal Supremo de California? Pues lo que trata de vislumbrar es si lo que se ha denominado como "enmienda constitucional" realmente forma parte de la Constitución o si se trata de un acto que el poder público ha camuflado como parte de la Constitución cuando no lo es.

Se ha pretendido reformar la Constitución de California a través del procedimiento sencillo de reforma (lo que ellos llaman "enmienda"), que requiere únicamente la proposición por parte de un 8% de electores censados o dos tercios del parlamento estatal y una posterior ratificación en referéndum. Los recurrentes argumentan de que se trata de una modificación sustancial de la Constitución del Estado, por lo que el procedimiento de enmienda no es el adecuado, sino que debería haberse tramitado por el sistema de "revisión", que requiere la iniciativa de dos tercios de ambas cámaras del Parlamento Estatal y la ratificación en referéndum.

Aunque los procedimientos son similares, la distinción entre uno y otro es clave para decidir si quien creó la mencionada enmienda era realmente un poder constituyente o si asumió funciones que no le competían. Y es que si el órgano que convirtió la propuesta en norma constitucional no era realmente un poder constituyente, el documento de reforma no puede tener rango constitucional, sino que sería un acto del poder público que, camuflado bajo el ropaje del tal rango, pretende eludir el control de constitucionalidad al que sí están sometidas las leyes y demás normas del ordenamiento jurídico.

Verdadera democracia

sábado, 8 de noviembre de 2008


Un comentarista del post anterior asegura que en España no hay democracia y me hace una serie de preguntas que quiere que le conteste. Accedo con gusto para evitar que sus razonamientos esencialmente falaces le hagan caer en afirmaciones populistas y en el descreimiento hacia la democracia real.

¿Te parece democrático que los políticos metan sus narices en el poder judicial y pongan y quiten a los jueces encargados de juzgarlos?

En Estados Unidos los jueces del Tribunal Supremo son nombrados por el Presidente. Nuestro sistema es mejor que el americano. Ello no significa que nuestro sistema sea perfecto o libre de injerencias políticas. Podríamos tener el mejor sistema del mundo, y aún así el poder político se las arreglaría para tratar de meter las narices en el Poder Judicial. Ello no significa que no podamos mejorar nuestro sistema, sino que debemos ser conscientes de que la absoluta neutralidad e independencia judicial son materialmente imposibles. Por lo demás, nuestros jueces son inamovibles, por lo que no es posible "ponerlos y quitarlos" a gusto del Ministerio, tal y como asegura el comentarista. Cualquier práctica corrupta en este sentido, no puede ser más que marginal.

¿Te parece democrático que existan regiones fiscalmente muy privilegiadas?

Lo que no me parece es justo. Justicia y democracia son asuntos distintos. Algo similar sucede en Reino Unido, donde los ingleses se ven perjudicados por no tener un parlamento propio, mientras que los escoceses, galeses y norirlandeses sí los tienen, con sus correspondientes beneficios políticos.

¿Te parece democrático que los ciudadanos no tengan los mismos derechos y deberes en todo el territorio nacional?

Lo cierto es que la situación en EEUU y el Alemania es peor, puesto que cada Estado federado tiene su propio Código Penal. En España las diferencias son esencialmente administrativas y, en algunos casos, civiles. Sinceramente, mi preocupación por el desarrollo autonómico se centra en la Sanidad y la Educación, y no en la distribución de materias administrativas o civiles per se. Si su argumentación es que la autonomía es incompatible con la democracia, está muy equivocado.

¿Te parece democrática una ley electoral que no es proporcional y que hace que los votos de todos los españoles no valgan lo mismo?

Lo cierto es que nuestra ley electoral es mejor que, por ejemplo, la americana. En Estados Unidos existe el criterio mayoritario y algunos Estados pequeños están sobrerrepresentados en cuanto a votos electorales, por no decir la situación del Senado, donde N.Dakota y Nueva York tienen el mismo número de asientos a pesar de la diferencia poblacional.

¿Te parece democrático que no se puedan ejercer derechos fundamentales en muchas partes de España?

Si se ciñe a la situación vasca, no puedo más que darle la razón. Si me habla de "muchas partes", sólo puedo decir que está faltando a la verdad, y encima por interés, lo cual es de dudosa calidad moral.

¿Te parece democrático que se viole sistemáticamente la constitución sin que pase nada?

Esa es una afirmación gratuita. En todos los sistemas constitucionales del mundo existen violaciones del ordenamiento (si no, no harían falta Tribunales Constitucionales o Supremos). Y lo cierto es que no existe en nuestro ordenamiento una corrupción jurisdiccional especialmente mayor a la que hay en otras naciones, así que desconozco de dónde extrae el elemento "sistemático" de las posibles violaciones que se puedan cometer.

¿Te parece democrático que los partidos tomen las decisiones al margen del parlamento, y que los diputados voten siguiendo órdenes de los partidos?

Que los diputados se atengan a las decisiones del partido es, precisamente, lo más democrático. Ello se debe a que nuestro sistema es de voto a una lista cerrada y bloqueada, con lo cual, lo más legítimo para el ciudadano es que los miembros de esa lista cumplan con la labor que le es encomendada, esto es, representar al partido al que pertenecen. Por otra, parte, las listas abiertas y desbloqueadas perfeccionarían la democracia y permitirían el voto disidente, pero dificultarían sobremanera el voto, con lo que muchos ciudadanos tendrían mayores complicaciones al votar. O lo que es lo mismo: ¿es más democrático un sistema de voto complejo, que permite una mayor concreción al expresar el voto, o uno más sencillo, que permite a más ciudadanos votar correctamente?

Critica la "partitocracia", como si la existencia de partidos políticos fuera mala. El problema no es la partitocracia en sí, sino la forma en que los partidos toman las decisiones y las hacen efectivas. La existencia de partidos políticos es buena, y sirven para canalizar la participación política de los ciudadanos en el Estado. Lo malo no es que los partidos negocien y se relacionen entre sí, sino que en la toma de decisiones de éstos no participe la base. O lo que es lo mismo, los partidos son un medio fantástico para estimular la participación de la ciudadanía; para ello hace falta democratizar su funcionamiento, quizá (por qué no) estableciendo una Ley de Partidos que avance en la exigencia del funcionamiento democrático.

Pero más allá de eso, centra su crítica en aspectos concretos y mejorables de nuestro sistema, sin entrar a compararlo con los de nuestras naciones vecinas ni proponer sistemas alternativos que perfeccionasen el funcionamiento democrático. La naturaleza imperfecta del ser humano hace que todas sus creaciones también lo sean, incluyéndose en esto la democracia. Decía Fernando Savater hace unas semanas (y con esto en concreto estoy de acuerdo con él) que toda democracia real tiene su cuota de políticos chorizos y de jueces corruptos, porque es imposible crear un sistema perfectamente blindado contra tales eventualidades. La democracia práctica es, como todo, esencialmente imperfecta. Nuestra obligación como ciudadanos es la de procurar fomentar un sistema mejor, pero las imperfecciones concretas no anulan la existencia de una democracia, tanto formal como material.

Debemos estar prevenidos de aquellos que aseguran que nuestro país no es una verdadera democracia; esta gente sólo trata de deslegitimar el sistema existente con intenciones bastante cuestionables: unos sólo quieren hacerse los rebeldes y molar más; otros quieren hacerse notar; y otros simplemente desprecian la democracia como sistema de gobierno y pretenden extender el descreimiento entre los ciudadanos para beneficiar a sus intereses políticos.

PD: El comentarista en cuestión acabó su comentario diciendo (no sé si en coña o en serio):

Para terminar te diré que no busques mucho, es muy fácil encontrar verdaderas democracias: empieza por EE. UU. y continúa por Reino Unido. Imperfectas, desde luego, pero democracias, sin duda.
Espero que lo expuesto en este post le sirva.

La guerra de las palabras: Capitalismo

martes, 7 de octubre de 2008


La palabra es sin duda la principal arma que tienen las personas en una sociedad democrática libre. La libertad de expresión nos permite trasladar a los demás nuestra visión del mundo, nuestras ideas, nuestros sentimientos y, a la vez, generar en otros sensaciones o pensamientos que les empujen a cambiar de postura en un campo concreto o en toda su visión del mundo. Son las palabras las grandes armas de la democracia. Y es por eso que en torno a ellas existe, desde siempre, una guerra terminológica. No me refiero aquí a las largas discusiones doctrinales sobre vocabulario técnico que caracterizan al estudio del Derecho, de la Filosofía u otras ramas de las Ciencias Sociales, no. Me refiero a la guerra política, a la batalla de las ideas, que empuja a los que en ella combaten a cambiar el significado de los vocablos, a fin de valerse de la carga positiva que puede contener un determinado término, excluyendo otros que pudiesen tener un trasfondo impopular.

Comprender la existencia de esta práctica es imprescindible para evaluar racionalmente las distintas propuestas políticas que nos puedan hacer. Existe siempre el peligro de quedarse con lo superficial, con el mensaje concreto que nos lancen, sin valorar qué ideas se esconden realmente tras unas palabras bonitas y convincentes.

Si hay tres palabras que han sido objeto de especial manipulación política, estas son "capitalismo", "fascismo" y "vida".

1. Capitalismo

El mal entendimiento de lo que es un régimen capitalista ha provocado que, en la inmensa mayoría de los casos, este término sea empleado con una indudable carga negativa. Probablemente, este rechazo popular se debe a la influencia del movimiento obrero y la petrificación en la cociencia social de sinonimias como la que identifica a los "capitalistas" con los empresarios, olvidando el importantísimo papel de los trabajadores en un sistema de libre mercado.

Recientemente, Naomi Klein, una de esas escritoras mediáticas que ganan dinero escribiendo libros contra el sistema, publicó su libro The Shock Doctrine, The Rise of Disaster Capitalism, en el que la autora defiende sin ningún tipo de complejo la relación que existe entre el capitalismo y las crisis socio-económicas. La tesis de Klein afirma que el libre mercado es un sistema cruel, que aprovecha las catástrofes o "shocks" para ir concentrando el poder poco a poco en manos de unos pocos. La autora añade que estas crisis pueden ser reales o prefabricadas, de tal forma que los propios poderosos pueden diseñar con tiralíneas un "shock" que lleve al pueblo a convertirse en borreguitos dispuestos a dejarse guiar por los líderes. La autora nos asegura que esas crisis serían utilizadas para empujar a los ciudadanos a aceptar políticas "liberales" (ella las llama así) que favorecen a unos cuantos empresarios y que en otras circunstancias la gente no aceptaría. Para ello, la autora realiza un ejercicio de cherry-picking, seleccionando algunos acontecimientos que favorecen su visión, excluyendo los que no le interesan, y falseando algunos sucesos (afirma que la crisis política rusa de 1993 no fue más que un conflicto entre neoliberales y demócratas; también asegura que Milton Friedman apoyó la guerra de Iraq, algo objetivamente falso).

Toda la tesis anterior, además de pecar de una temeraria simplicidad, se fundamenta en un terrible error de base: Naomi Klein no sabe que si se produce una injerencia del Estado para favorecer a un sector del empresariado, no estamos ya ante un capitalismo de libre mercado, sino ante un sistema de corte corporativista. Klein ha criticado recientemente el plan de rescate ideado por la Administración americana, afirmando que Bush ha creado un "capitalismo sin riesgos" para proteger a los empresarios. En una entrevista en el programa humorístico de Stephen Colbert, el cómico insinuó irónicamente que era contradictorio criticar al capitalismo y luego sacar al mercado libros con un marcado interés comercial. Klein respondió que ella "competía en el libre mercado", mientras que Bush ha eliminado los riesgos.

Sospecho que o bien Klein no sabe de qué habla cuando dice "capitalismo", o bien está utilizando el término con un mero interés económico, aprovechando el rechazo que provoca en la gente el término, para criticarlo sin piedad. Todo lo que favorece a los ricos y poderosos y perjudica a la gente humilde es "capitalismo".

+info de este tema:
The Klein Doctrine, The Rise of Disaster Polemics, Johan Norberg
Free-marketeering, Stephen Holmes
Shock Jock, Tyler Cowen

Aclaraciones sobre las armas de fuego

lunes, 29 de septiembre de 2008


Hace unos días hablé sobre el derecho a portar armas, expresando la necesidad de regularlo desde una perspectiva sociológica. Traté de evitar entrar en otras consideraciones (jurídicas, políticas...) por simple higiene argumentativa. Sin embargo, uno de los comentaristas se empeñó en exigirme que diera respuesta a una serie de argumentos que él consideraba que no habían sido refutados por mi artículo (ver hilo aquí). Por ello, y para que quede constancia, voy a hacer algunas reflexiones sobre ellos.

Sus cinco argumentos son:

1. Paranoicos y fanáticos prohibicionistas "sienten" una amenaza "no real"
2. Estadísticas que explican que disuadir a un delincuente con un arma de fuego casi nunca acaba con heridos o muertos.
3. Estadísticas que avalan la reducción de delitos en los estados donde se permite portar armas para defensa propia.
4. La violación del derecho a defender tu propiedad y/o el reconocimiento de ese derecho sólo a determinados colectivos en base a probabilidades.
5. La coherencia de eliminar todo aquello susceptible de provocar muerte por accidente: desde piscinas a aviones pasando por cáscaras de plátano. Y la coherencia de eliminar todo aquello que nos aususta o vemos como una supuesta amenaza para nosotros (como las biciletas en Barcelona).

Vamos a analizar uno a uno.

1. Paranoicos y fanáticos prohibicionistas "sienten" una amenaza "no real"

Los conflictos de acción colectiva son aquellas situaciones en las que, al querer todos los miembros de un colectivo alcanzar una situación privilegiada, lo único que logran es encontrarse en una situación comparativamente inferior. Esto se debe a que la situación privilegia a la que pretenden acceder sólo puede ser ocupada por un número reducido de ellos. O lo que es lo mismo: para que las armas de fuego proporcionen seguridad, lo mejor es que yo pueda tener una y mis potenciales agresores no. Si todos (tanto yo como mis potenciales agresores --todos los demás, puesto que yo a priori no puedo saber si mi vecino es un modélico ciudadano o un personaje agresivo--) podemos acceder a las armas de fuego, ninguno podrá ocupar esa situacion de privilegio de la que acabo de hablar.

Si hay restricciones, yo sé que mis potenciales agresores lo tendrán más difícil para adquirir un arma puesto que la tenencia ilegal de armas está castigada por el Derecho Penal. Esa circunstancia es lo suficientemente desincentivadora como para que la mayor parte de los potenciales delincuentes desistan de la posibilidad de adquirir una pistola en el mercado negro. ¿Y qué sucede, sin embargo, cuando sé que mis potenciales enemigos pueden acceder sin restricciones a armamento de fuego? En ese caso, soy consciente de que no hay ninguna barrera que desincentive la adquisición de una pistola y que mi estatus general de seguridad personal disminuye. Para contrarrestar este descenso de seguridad, me veo empujado a adquirir un arma.

Si tanto yo como mis potenciales agresores tenemos armamento de fuego, el nivel de seguridad general es menor que el que existiría en caso de que ni yo ni mis potenciales agresores tuviéramos via libre para obtener una pistola.


2. Estadísticas que explican que disuadir a un delincuente con un arma de fuego casi nunca acaba con heridos o muertos.

El comentarista me aduce que existen estadísticas que demuestran que las armas son útiles para disuadir al delincuente:

[...] escribe Joaquin Santiago en Asturias Liberal, "[la tenencia de armas] reduce la incidencia de asesinatos y homicidios en un 7,7%, asaltos violentos en un 7,0%, violación en un 5,3%. Centrándonos en la primera estadística, si se hubiera extendido dicha legislación al conjunto de la nación se habrían salvado en 1992 1.410 vidas."

Ya he explicado que en nuestro país, los profesionales de empleos que son blanco habitual de la delincuencia (especialmente joyeros o investigadores privados) sí tienen derecho a la tenencia de armas. El razonamiento seguido para permitir esto es el que ya he expresado en el artículo anterior: mientras que la población en general tiene un nivel de seguridad elevado (las situaciones en las que un ciudadano tiene que enfrentar una amenaza son excepcionales), los joyeros son blanco habitual de la delincuencia. Esto es, su nivel general de seguridad es mucho más bajo que el de un ciudadano normal. En aquellos contextos donde un individuo es blanco habitual de la delincuencia, las armas de fuego personales sí pueden ser efectivas. En esos casos, permitir que un joyero tenga un arma contribuye a la seguridad colectiva, puesto que desincentiva los atracos --nunca he negado eso--, sin generar el grave riesgo para la seguridad que supondría que todos pudiéramos ir armados.

Teniendo esto presente, debe señalarse que las estadísticas que alega el comentarista se refieren exclusivamente a los casos en los que las víctimas estaban legalmente autorizadas para portar armas. Es decir: eran joyeros, detectives privados, víctimas del terrorismo u otros ciudadanos que se enfrentan a una amenaza criminal potencialmente mayor que la del resto de ciudadanos. Sin embargo, el articulista citado asegura que si se hubiese extendido la posibilidad de portar armas al resto de la ciudadanía, se habrían salvado más vidas. Ese razonamiento es erróneo, puesto que:

  • a) Olvida el efecto "carrera armamentística" que se produce cuando todos los ciudadanos tienen acceso libre a las armas de fuego;

  • b) No toma en consideración que la estadística refleja casos en los que la víctima es blanco habitual de la delincuencia y, por tanto, en su caso, la posesión de un arma de fuego sí es efectiva.

3. Estadísticas que avalan la reducción de delitos en los estados donde se permite portar armas para defensa propia.

El comentarista no señala ninguna estadística concreta, con lo que me veo obligado a creerme su palabra. Supongamos que lo que dice es cierto y hay estados en los que se permite portar armas y la tasa de delincuencia es menor (es muy probable que eso suceda en más de un sitio). El problema de su argumento es que emplea una falacia lógica conocida con el nombre de cum hoc ergo propter hoc: el hecho de que dos sucedos concurran a la vez o de forma subsiguiente no permite asegurar que exista relación causal entre ellos. Un ejemplo de falacia cum hoc ergo propter hoc sería:

Las Comunidades Autónomas donde hay más inmigrantes tienen más delincuencia, por lo que es la inmigración la que genera dicha delincuencia.

Esta afirmación es falaz porque interpreta que hay una relación causal entre dos sucesos que sólo están ligados indirectamente: la delincuencia se ve incentivada por contextos sociales de pobreza. Los inmigrantes a menudo son también pobres, por lo que se son más propensos a delinquir. Pero no es la inmigración lo que hace aumentar la delincuencia, sino la pobreza.

De la misma manera, el hecho de que algunos Estados tengan tasas inferiores de delincuencia a pesar de que esté permitido el porte de armas de fuego, puede deberse a condicionantes socio-culturales (hay poca cultura del delito) o socio-económicos (hay menos pobreza y, por tanto, menos ciudadanos propensos a delinquir). Así pues, en Finlandia, las tasas de delincuencia son inferiores pese a estar laxamente regulada la posesión y porte de armas.

Ni siquiera aunque la reducción de la delincuencia se produjera tras un cambio de legislación que permitiese portar armas, podríamos afirmar que la primera se debe a lo segundo. Este podría ser el caso de aquellos Estados donde se declarase una "guerra contra la delincuencia", que motivase la legalización de la tenencia de pistolas y un aumento del número de agentes de policía y jueces. ¿Se debe la reducción de la delincuencia a que ahora es posible portar armas, o a que la posibilidad de ser pillado por la policía y procesado en poco tiempo es mucho mayor?


4. La violación del derecho a defender tu propiedad y/o el reconocimiento de ese derecho sólo a determinados colectivos en base a probabilidades.

Hablemos de Derecho. Existe el derecho a defenderse de las agresiones ilegítimas contra los derechos propios o ajenos. Esta facultad implica que tenemos derecho a protegernos por los medios necesarios que tengamos a nuestro alcance de los ataques ilícitos. Pero este derecho no incluye la posibilidad de portar armas de todo tipo, en todo momento o en todo lugar. Así pues, negar la posibilidad de portar una pistola por la calle no viola el derecho a defenderse.

Centrado el objeto y contenido del derecho a defenderse de las agresiones ilegítimas, cabe regularlo en base a las estadísticas. Hablar de "estadísticas" es tanto como hablar de "realidad". Si no regulásemos los derechos con base a la realidad, podríamos encontrarnos con que un ciudadano podría reclamar su derecho a poseer armamento antiaéreo por si le atacan los alienígenas y no podríamos negárselo.


5. La coherencia de eliminar todo aquello susceptible de provocar muerte por accidente: desde piscinas a aviones pasando por cáscaras de plátano. Y la coherencia de eliminar todo aquello que nos aususta o vemos como una supuesta amenaza para nosotros (como las biciletas en Barcelona).

Comete aquí el comentarista la falacia de la reductio ad ridículum. Es decir, trata de buscar una interpetación absurda a un argumento para hacer parecer que éste es ridículo. Yo no he dicho que haya que prohibir las armas simplemente "porque podrían producir un accidente". He dicho que en un contexto sin una regulación adecuadamente limitativa, la peligrosidad de las armas es mayor que su efectividad como elemento de defensa personal. ¿Por qué prohibimos las carreras a 150 km por hora por ciudad? ¿Por qué prohibimos que los coches se salten un semáforo en rojo? ¿Por qué un avión no está autorizado a volar si no pasa una revisión completa cada poco? ¿Por qué está prohibido conducir bajo los efectos del alcohol? ¿Por qué prohibimos que pilote un avión un sujeto que no ha obtenido la debida licencia? Pues porque en todas esas situaciones, la posibilidad de que se produzca un accidente es intolerablemente alta.

La historia del rey tirano que fue derrocado

viernes, 26 de septiembre de 2008

La canción "Viva la vida" de Coldplay fue lanzada en mayo de este año y sus fans se han preguntado qué significado tendrá su letra. Hay quien dice que no es más que un homenaje a los revolucionarios ilustrados que acabaron con el absolutismo; otros aseguran que es algo más actual y se trata de una crítica a George Bush; los más antiamericanos dicen que es un vaticinio de la caída de EEUU como potencia, y los más cristianos aseguran que es la historia de Dios encarnándose en Jesucristo. La imaginación de los fans de un grupo no tiene límites, y a cada cual se le ocurren magufadas más gordas, pero lo cierto es que la canción es bastante buena. Dejo abajo la traducción.




Antes dirigía el mundo,
Los mares se elevaban cuando yo lo ordenaba,
Ahora duermo solo en la madrugada,
Barro las calles que antes poseía.

Solía lanzar los dados,
Sentía el miedo en los ojos de mis enemigos,
Oía a la multitud cantar:
“¡Ahora el viejo rey ha muerto! ¡Viva el nuevo rey!”

Durante un minuto tuve la llave,
Al siguiente, las murallas se habían cerrado ante mí.
Y descubrí que mi castillo se levantaba
sobre pilares de sal y arena.

Oigo el tañido de las campanas de Jerusalén,
Los coros de la caballería romana están cantando,
Sed mi espejo, mi espada, mi escudo,
mis misioneros en un territorio extranjero.

Por algún motivo no lo puedo explicar,
Una vez que vas allá,
Ya no queda ni una, ni una palabra honesta,
Y eso sucedía cuando yo dirigía el mundo.

Yo era el viento malvado y salvaje
que derribaba las puertas y entraba,
Destruía las ventanas al sonido de tambores,
El Pueblo no podía creerse en qué me convertiría.

Los revolucionarios piden
mi cabeza en bandeja de plata,
Sólo soy una marioneta en una solitaria cuerda.
¿Quién querría ser rey?

Oigo el tañido de las campanas de Jerusalén,
Los coros de la caballería romana están cantando,
Sed mi espejo, mi espada, mi escudo,
mis misionarios en un territorio extranjero.

Por algún motivo no puedo explicar
por qué San Pedro no dirá mi nombre,
Ya no queda ni una, ni una palabra honesta,
Y eso sucedía cuando yo dirigía el mundo.

Reflexiones sobre el derecho a portar armas

jueves, 25 de septiembre de 2008


A menudo, cuando se habla del derecho a portar armas, se hace referencia a la necesidad de tener un arma de fuego para protegerse de posibles agresores. La cuestión no tiene poca importancia: hay quien sostiene que ante la posibilidad de que aparezca un agresor armado, la mejor forma de estar prevenidos es tener la posibilidad de estar en igualdad de condiciones. No obstante, parece bastante probable que en caso de eliminar las restricciones del mercado de armas, se produjera lo que Hobbes llamó una "carrera hacia el abismo".

Imaginemos que el Parlamento aprobase ahora una ley que eliminase cualquier restricción a la tenencia y porte de armas en nuestro país. ¿Cuál sería la consecuencia si yo soy un ciudadano que evalúa la nueva situación? Pueden darse cuatro posibles situaciones:

Yo tengo un arma, y mis vecinos no. Seguridad máxima.
Yo no tengo un arma, y mis vecinos tampoco. Seguridad alta.
Yo tengo un arma, y mis vecinos también. Seguridad baja.
Yo no tengo un arma, pero mis vecinos sí. Seguridad mínima.

Aquí surge el primer problema: la situación deseable es la primera. Todos deseamos tener un arma y que nuestros vecinos no la tengan, porque así estaríamos en la situación de máxima ventaja. Sin embargo, al pensar todos lo mismo, en vez de encontrarnos en el primer escenario, pasaríamos al tercero, en el que la seguridad general desciende por debajo de lo aceptable. Al buscar todos la máxima seguridad, conseguimos un nivel insuficiente de ésta. Es lo que se llama un "conflicto de acción colectiva". En estos casos, la situación óptima sólo puede ser ocupada por un grupo reducido de individuos. Al buscar todos esa situación beneficiosa, lo único que logramos es colocarnos en una situación peor que la inicial.

En la situación inicial, el nivel de seguridad era relativamente alto (nadie tiene armas de fuego, salvo algún malhechor concreto); al final, todos vamos armados para no encontrarnos en la situación de mayor desventaja. Está claro que todos preferiríamos la situación segunda que la tercera, pero no podemos acceder a ella porque depende de lo que hagan los demás. Esta falta de limitación incentiva que se produzca una auténtica "carrera armamentística" entre los ciudadanos que desconfían del uso que los otros puedan hacer de sus armas.

Desde la perspectiva del "conflicto de acción colectiva" se explica también, por ejemplo, el motivo por el que en caso de incendio es más inteligente salir tranquilamente en fila india que correr todos hacia a salida, aunque nos parezca contradictorio. Al correr hacia la salida, nos colocamos en una situación de ventaja sobre los demás; éstos, tratarán de hacer lo mismo, consiguiendo únicamente generar un embotellamiento que nos perjudique a todos.

¿Y cuál es la solución a los conflictos de acción colectiva? Pues las normas. Al contrario de lo que algunos pretenden hacernos creer, las normas no son "opresivas", sino que pueden tener una clara funcionalidad organizativa, desincentivando comportamientos que provocan situaciones desfavorables para el conjunto de la sociedad. Para evitar que todos huyamos corriendo hacia la salida en caso de incendio, hemos inventado protocolos de actuación en caso de emergencia; de la misma manera, la solución para evitar que todos nos armemos hasta los dientes para contrarrestar el poderío del vecino se halla, precisamente, en establecer una norma de "no proliferación" que restringa el acceso a las armas de fuego.

El patriotismo constitucional y el fin del golpismo

viernes, 19 de septiembre de 2008


Nos ha planteado Citoyen un reto en su blog, a fin de que otros bloggers traten de dar una respuesta satisfactoria al asunto. La pregunta que nos presenta este compañero es la siguiente: ¿Cómo es posible que las democracias occidentales hayan conseguido poner coto al intervencionismo militar? ¿Qué hace que los militares se mantengan fieles a las órdenes del poder civil?

Yo, humildemente, tengo una visión sobre el asunto. Comencemos centrando el tema.

Las sociedades democráticas liberales son regímenes constitucionales. Lo es también Reino Unido, aunque no tenga un texto constitucional escrito, puesto que todo su ordenamiento se basa en una serie de valores que orientan el contenido de la legislación y las decisiones jurisdiccionales. Las democracias constitucionales recogen en sus cartas magnas los valores superiores que deben informar todo el sistema político nacional. Estos países cuentan con un catálogo de libertades que da a los individuos un amplio margen de autodeterminación personal, a la vez que articula una serie de derechos políticos que permiten a los ciudadanos influir políticamente en el Estado. Son, por tanto, sistemas políticos que gozan de gran legitimidad popular. No es extraño que las naciones que se rigen por esta clase de sistemas estén orgullosas de ello y conviertan la Libertad en uno de sus valores intrínsecos.

Aquí quisiera señalar un concepto creado en el siglo XX pero que puede ser aplicado retroactivamente a épocas anteriores: me refiero al concepto del “Patriotismo Constitucional”, ideado por Jürgen Habermas. Este pensador alemán formuló esta idea con el objetivo de darle a la identidad nacional alemana un contenido democrático después de la caída del nazismo. El patriotismo alemán se había visto contaminado por el extremismo nazi, por lo que para la supervivencia de Alemania como democracia (o como un Estado unido) era imprescindible desvincular el patriotismo alemán del totalitarismo. Esto es, era necesario hacer compatible el sentimiento alemán con el sentimiento demócrata. Es por ello que se impulsó la creación de una identidad alemana que girase en torno a los principios constitucionales de libertad, justicia y democracia.

Sin embargo, aunque este término surgió a mediados del siglo XX, puede ser perfectamente aplicable a otros casos históricos previos. Puede ponerse como ejemplo el notable caso de los Estados Unidos. El “ideal americano” es entendido como el ideal de la Libertad. Ser estadounidense significa vivir en un país libre. El verdadero patriotismo americano consiste en seguir la ley, producto de la voluntad popular y obedecer lo que disponga el Presidente, elegido por el pueblo. Algo similar sucede en Gran Bretaña y su largo período liberal/democrático ininterrumpido durante siglos. La identidad inglesa/británica procede, ya desde la época medieval, del pactismo entre el poder real y el poder popular. El Reino Unido se articula desde hace siglos como una monarquía constitucional, en la que el monarca respeta la voluntad popular emanada del Parlamento. Es esta peculiaridad (los ingleses ya tenían un Bill of Rights cuando el resto de Europa estaba bajo el cetro de la monarquía absoluta) la que define su identidad nacional y en torno a ella se construye su patriotismo.

Algo similar sucede en Francia con su sacralización de la República. Y prácticamente ocurre lo mismo es la España actual con la Transición y la Constitución.

En aquellos sistemas en los que la Constitución y el Sistema Democrático de Libertades han sido elevados a la categoría de “sagrados”, los golpes militares prácticamente no existen. Es en la mentalidad del Ejército donde queda más patente la influencia que tiene el patriotismo en su funcionamiento. Aquellas naciones donde el nacionalismo se articula en torno a ideales no democráticos, sino religiosos o étnicos, la probabilidad de un golpe de Estado aumenta peligrosamente.

El motivo es que los militares juran serle fieles a la Patria. Cuando la esencia de la Patria es la democracia liberal, los militares son conscientes de que su nacionalismo lleva implícito la obligación de ser fieles al poder civil. Insubordinarse significa ser antipatriotas y traicionar el juramento de lealtad, puesto que las órdenes del gobierno civil son, a la vez, las órdenes de la Patria. Cuando no existe esa esencia liberal democrática, los militares condicionan su lealtad al poder a que éste se someta a los principios fundamentales nacionales. Si el gobierno no respeta estas esencias, el militar se siente obligado a intervenir, sin sentirse un traidor.

Es por tanto este patriotismo constitucional el que ha alejado a los ejércitos del golpismo y el que ha alejado a nuestro país de la nefasta tradición militar intervencionista del pasado. Puede que aún haya que esperar algunos años para que este concepto cale totalmente en nuestras Fuerzas Armadas, pero resulta indudable que nuestros generales han hecho suya la misión constitucional que nuestra Carta Magna dispone en su artículo 8, así como su sometimiento a las órdenes del Gobierno (art. 97 CE).